DIVORCIO MILITAR EN CALIFORNIA

El divorcio militar requiere una comprensión de los mundos civil y militar y cómo se interrelacionan, especialmente en lo que respecta a despliegues, la Ley Federal de Protección Civil para los Miembros de Servicio (SCRA por sus siglas en inglé), ingresos gravables y no gravables, jubilación militar, discapacidad y beneficios. Tanto para los miembros en servicio activo como para los militares retirados, así como para sus cónyuges e hijos dependientes. Con nuestra sede en San Diego, Antonyan Miranda se encuentra en una de las comunidades militares más grandes del mundo. Tenemos una amplia experiencia en ayudar a miembros del servicio de todas las ramas y rangos a navegar por el laberinto del derecho de familia, y lo hacemos con orgullo.

¿COMO FUNCIONAN LOS DIVORCIOS MILITARES EN CALIFORNIA?

El divorcio puede ser desafiante para cualquier persona, pero puede ser especialmente complicado para los miembros del servicio militar y sus cónyuges. Varios factores pueden hacer que el divorcio militar sea diferente del divorcio civil, incluida la jurisdicción, la división de beneficios militares y la custodia y el apoyo de los hijos. Si tu eres un miembro del servicio o un cónyuge militar y te estás divorciando en California, es importante comprender qué esperar y cómo proteger tus derechos e intereses. Necesitas un abogado con experiencia que haya trabajado con muchos clientes militares. En Antonyan Miranda, estamos aquí para guiarte a través del proceso y ayudarte a lograr un resultado favorable.

REQUISITOS DE JURISDICCION Y RESIDENCIA EN EL DIVORCIO MILITAR

Una de las primeras cosas a considerar en un divorcio militar es la jurisdicción. Por lo general, la jurisdicción en casos de divorcio se determina por la residencia de las partes. En California, cualquiera de los cónyuges debe haber vivido en el estado durante al menos seis meses y en el condado donde se presenta el divorcio durante al menos tres meses para establecer la jurisdicción. Sin embargo, los miembros del servicio militar y sus cónyuges pueden tener opciones adicionales de jurisdicción.

Por ejemplo, según la SCRA, los miembros del servicio militar pueden mantener su residencia legal en su estado de origen incluso si están destinados a otro estado. Esto significa que si tu eres un miembro del servicio militar destinado en California, pero eres residente legal de otro estado, es posible que pueda presentar el divorcio en tu estado de origen en lugar de en California. Alternativamente, si tu cónyuge es residente legal de otro estado, es posible que puedan presentar el divorcio en ese estado en lugar de en California.

DIVISION DE BENEFICIOS MILITARES

La división de beneficios militares también puede ser un tema complicado en los casos de divorcio militar. Los miembros del servicio y sus cónyuges pueden tener derecho a una variedad de beneficios militares como pensiones y discapacidades. Estos beneficios son activos valiosos que pueden necesitar dividirse como parte del acuerdo de divorcio.

En California, las pensiones militares se tratan como bienes comunitarios, lo que significa que están sujetas a división en el divorcio. Esto puede ser particularmente complicado en casos en los que el miembro del servicio ha estado en el ejército durante muchos años y ha acumulado una pensión significativa. La Ley de Protección a Ex Cónyuges de Servicios Uniformados (USFSPA por sus siglas en inglés) proporciona parámetros y pautas para la división de las pensiones militares en casos de divorcio.

Según la USFSPA, el tribunal puede otorgar a un ex cónyuge hasta el 50% del pago de jubilación desechable del miembro del servicio. El pago de jubilación desechable es el pago de jubilación bruto del miembro del servicio menos ciertas deducciones, como impuestos y el costo del Plan de Beneficios de Sobrevivientes. Es importante tener en cuenta que la USFSPA no otorga automáticamente a un ex cónyuge una parte de la pensión militar; el tribunal debe emitir una orden específica para la división de la pensión.

CUSTODIA Y APOYO A LOS HIJOS EN UN DIVORCIO MILITAR

El servicio militar puede afectar la custodia y el apoyo de los hijos de diversas formas. Por ejemplo, si un miembro del servicio está desplegado o destinado en el extranjero, le resultará más difícil mantener una visita regular con los hijos. En California, si un padre es desplegado y, por lo tanto, es necesario modificar una orden de custodia y visitación existente, la modificación se hace sin perjuicio para el miembro del servicio desplegado. Además, hay una presunción de que la orden de custodia preexistente que fue modificada debe restablecerse al regresar del despliegue.

Además, los cálculos de manutención de menores pueden verse afectados por los ingresos del miembro del servicio, que pueden variar según su rango, BAH, BAS y otros beneficios. Además, antes de que el tribunal de California haga órdenes de manutención de menores, no es raro que el cónyuge solicite el apoyo del comando del miembro del servicio a través del MILPERSMAN. Es importante trabajar con un abogado experimentado en divorcio militar que comprenda cómo calcular con precisión la manutención de los hijos y asegurarse de que se satisfagan adecuadamente las necesidades de sus hijos.

PROTECCION DE SUS DERECHOS COMO MIEMBRO DEL SERVICIO MILITAR

Como miembro del servicio militar, tiene ciertos derechos y protecciones que deben tenerte en cuenta durante el proceso de divorcio. Por ejemplo, según la SCRA, los miembros del servicio pueden tener derecho a una suspensión de los procedimientos judiciales si no pueden comparecer en el tribunal debido a su servicio militar. La SCRA también brinda ciertas protecciones contra sentencias por defecto para los miembros del servicio que no pueden responder a acciones legales debido a su servicio militar.

Es fundamental que tengas un abogado experimentado que participe y lo respalde durante tu proceso de divorcio militar. Llama a Antonyan Miranda al 619-696-1100 para hablar con uno de nuestros abogados, o visítanos en www.expertdivorcelaw.com  para obtener más información.

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DIVORCIO MILITAR EN CALIFORNIA

El divorcio militar requiere una comprensión de los mundos civil y militar y cómo se interrelacionan, especialmente en lo que respecta a despliegues, la Ley Federal de Protección Civil para los Miembros de Servicio (SCRA por sus siglas en inglé), ingresos gravables y no gravables, jubilación militar, discapacidad y beneficios. Tanto para los miembros en servicio activo como para los militares retirados, así como para sus cónyuges e hijos dependientes. Con nuestra sede en San Diego, Antonyan Miranda se encuentra en una de las comunidades militares más grandes del mundo. Tenemos una amplia experiencia en ayudar a miembros del servicio de todas las ramas y rangos a navegar por el laberinto del derecho de familia, y lo hacemos con orgullo.

¿COMO FUNCIONAN LOS DIVORCIOS MILITARES EN CALIFORNIA?

El divorcio puede ser desafiante para cualquier persona, pero puede ser especialmente complicado para los miembros del servicio militar y sus cónyuges. Varios factores pueden hacer que el divorcio militar sea diferente del divorcio civil, incluida la jurisdicción, la división de beneficios militares y la custodia y el apoyo de los hijos. Si tu eres un miembro del servicio o un cónyuge militar y te estás divorciando en California, es importante comprender qué esperar y cómo proteger tus derechos e intereses. Necesitas un abogado con experiencia que haya trabajado con muchos clientes militares. En Antonyan Miranda, estamos aquí para guiarte a través del proceso y ayudarte a lograr un resultado favorable.

REQUISITOS DE JURISDICCION Y RESIDENCIA EN EL DIVORCIO MILITAR

Una de las primeras cosas a considerar en un divorcio militar es la jurisdicción. Por lo general, la jurisdicción en casos de divorcio se determina por la residencia de las partes. En California, cualquiera de los cónyuges debe haber vivido en el estado durante al menos seis meses y en el condado donde se presenta el divorcio durante al menos tres meses para establecer la jurisdicción. Sin embargo, los miembros del servicio militar y sus cónyuges pueden tener opciones adicionales de jurisdicción.

Por ejemplo, según la SCRA, los miembros del servicio militar pueden mantener su residencia legal en su estado de origen incluso si están destinados a otro estado. Esto significa que si tu eres un miembro del servicio militar destinado en California, pero eres residente legal de otro estado, es posible que pueda presentar el divorcio en tu estado de origen en lugar de en California. Alternativamente, si tu cónyuge es residente legal de otro estado, es posible que puedan presentar el divorcio en ese estado en lugar de en California.

DIVISION DE BENEFICIOS MILITARES

La división de beneficios militares también puede ser un tema complicado en los casos de divorcio militar. Los miembros del servicio y sus cónyuges pueden tener derecho a una variedad de beneficios militares como pensiones y discapacidades. Estos beneficios son activos valiosos que pueden necesitar dividirse como parte del acuerdo de divorcio.

En California, las pensiones militares se tratan como bienes comunitarios, lo que significa que están sujetas a división en el divorcio. Esto puede ser particularmente complicado en casos en los que el miembro del servicio ha estado en el ejército durante muchos años y ha acumulado una pensión significativa. La Ley de Protección a Ex Cónyuges de Servicios Uniformados (USFSPA por sus siglas en inglés) proporciona parámetros y pautas para la división de las pensiones militares en casos de divorcio.

Según la USFSPA, el tribunal puede otorgar a un ex cónyuge hasta el 50% del pago de jubilación desechable del miembro del servicio. El pago de jubilación desechable es el pago de jubilación bruto del miembro del servicio menos ciertas deducciones, como impuestos y el costo del Plan de Beneficios de Sobrevivientes. Es importante tener en cuenta que la USFSPA no otorga automáticamente a un ex cónyuge una parte de la pensión militar; el tribunal debe emitir una orden específica para la división de la pensión.

CUSTODIA Y APOYO A LOS HIJOS EN UN DIVORCIO MILITAR

El servicio militar puede afectar la custodia y el apoyo de los hijos de diversas formas. Por ejemplo, si un miembro del servicio está desplegado o destinado en el extranjero, le resultará más difícil mantener una visita regular con los hijos. En California, si un padre es desplegado y, por lo tanto, es necesario modificar una orden de custodia y visitación existente, la modificación se hace sin perjuicio para el miembro del servicio desplegado. Además, hay una presunción de que la orden de custodia preexistente que fue modificada debe restablecerse al regresar del despliegue.

Además, los cálculos de manutención de menores pueden verse afectados por los ingresos del miembro del servicio, que pueden variar según su rango, BAH, BAS y otros beneficios. Además, antes de que el tribunal de California haga órdenes de manutención de menores, no es raro que el cónyuge solicite el apoyo del comando del miembro del servicio a través del MILPERSMAN. Es importante trabajar con un abogado experimentado en divorcio militar que comprenda cómo calcular con precisión la manutención de los hijos y asegurarse de que se satisfagan adecuadamente las necesidades de sus hijos.

PROTECCION DE SUS DERECHOS COMO MIEMBRO DEL SERVICIO MILITAR

Como miembro del servicio militar, tiene ciertos derechos y protecciones que deben tenerte en cuenta durante el proceso de divorcio. Por ejemplo, según la SCRA, los miembros del servicio pueden tener derecho a una suspensión de los procedimientos judiciales si no pueden comparecer en el tribunal debido a su servicio militar. La SCRA también brinda ciertas protecciones contra sentencias por defecto para los miembros del servicio que no pueden responder a acciones legales debido a su servicio militar.

Es fundamental que tengas un abogado experimentado que participe y lo respalde durante tu proceso de divorcio militar. Llama a Antonyan Miranda al 619-696-1100 para hablar con uno de nuestros abogados, o visítanos en www.expertdivorcelaw.com  para obtener más información.